Sabía Ud. que el Artículo 5, Capítulo 1, «Limpieza de las vías públicas», de la Ordenanza Municipal de Aseo de la I. Municipalidad de Maipú, norma la obligatoriedad de los vecinos de mantener el aseo permanente de los frentes de sus propiedades? Aquí está la transcripción de dicho artículo de la Ordenanza:
ART.5.– Los vecinos tienen la obligación de mantener permanentemente aseadas las veredas o aceras en todo el frente de los predios que ocupan, incluyendo los espacios de tierra destinados a jardines, barriéndolas diariamente y lavándolas si fuere menester.
La operación deberá efectuarse en forma de causar el mínimo de molestias a los transeúntes, suspendiéndola ante su paso, humedeciendo la vereda previamente, si fuere necesario, y antes de la 08:00 horas de la mañana, sin perjuicio de repetir el aseo cada vez que por circunstancias especiales, se acumule una cantidad apreciable de basura, durante todo el transcurso del día.
El producto del barrido deberá recogerse y almacenarse junto con la basura domiciliaria (Nota del Admin: ojo, esto no incluye «barrer» con el agua de la manguera y desplazar la basura hasta la casa de los vecinos o bien hacia las bajadas de aguas lluvias).
Así también los Artículos 1 y 31, del Capítulo 1, de la misma Ordenanza Municipal, establecen normas relativas al aseo de calles. A continuación la transcripción:
ART.1.- Se prohíbe botar papeles, basura de cualquier tipo y en general, toda clase de objetos en la vía pública o en cauce de ríos o canales, como asimismo, el vaciamiento o escurrimiento de aguas servidas hacia la calle. (Nota del Admin: favor comentar a algunos niños que las bajadas de aguas lluvias de la calle no son basureros para los envoltorios de helados y golosinas).
Los escombros u otros materiales, sólo podrán depositarse en la vía pública previo permiso municipal.
Los papeles deberán botarse en los recipientes instalados con este fin en las distintas vías públicas.
Estas normas son también válidas para los ocupantes de vehículos detenidos o en marcha.
ART.31.- Los vecinos deberán hacer entrega de la basura domiciliaria sólo en el momento de pasar el vehículo recolector municipal, en recipientes o bolsas que cumplan con lo establecido en el Capítulo IV. Se prohíbe, en consecuencia, mantener los receptáculos en la vía pública antes del paso del camión. Los recipientes deben guardarse inmediatamente después de vaciados.
Sin perjuicio de lo anterior, el municipio implementó un Programa de Generación de Empleo, mediante el cual se realizan operativos de limpieza de calles, cuyo procedimiento de solicitud es el siguiente:
a. Vía Documento: Corresponde a solicitud escrita, que debe ser presentada por el interesado en Oficina de Partes, de la Secretaria Municipal, o oficina de partes de la Dirección de Aseo y Ornato.
b. Vía Correo electrónico: Dirigido a la Directora de Aseo y Ornato, Sra. Katherine Miranda Orrego, kmiranda@maipu.cl, o a la Jefa del Departamento de Aseo, Sra. Antonieta Villaseca Lara, avillaseca@maipu.cl.
c. Vía llamado telefónico: Al teléfono 6776318, o al 80027700

Yo he hecho bastantes trabajos en mi casa, con la logica acumulación de escombros fuera de esta. Esto no dura más de un par de días, ya que me molesta muchisimo ver escombros o basura en mi casa. Por esta razón no entiendo a vecinos que mantienen por meses los escombros fuera de sus casas, haciendo que la calle se vea horrible, y generando molestias a sus vecinos (ejemplo: vecino de Los Magnolios / Las Begonias ).
Tienes toda la razón, en algunas casas la tierra, cemento y escombros sobrantes permanecen tanto tiempo que se llegan a pseudo «fosilizar», la tierra se pone tan dura que ni picota le entra…
Mención aparte merece los que tienen un pastizal seco en su vereda, como si el sector estuviera abandonado…
Administrador, la solucion es sencilla…. llamar a Aseo y Ornado o a la direccion de transito para que los fiscalizadores se den una vuelta por el barrio.